Preservación de la Cuenca Chaqueña: El Ministerio del Ambiente dictamina en contra de la explotación de hidrocarburos en el Parque Nacional Médanos del Chaco

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El Poder Ejecutivo, por medio de un dictamen técnico y jurídico remitido a la Cámara de Diputados, ratificó su firme rechazo al proyecto de ley que pretendía habilitar actividades de prospección y extracción de hidrocarburos dentro de las 605.000 hectáreas de la reserva. Basado en los principios constitucionales de inalienabilidad y no regresión ambiental, el posicionamiento institucional busca salvaguardar un ecosistema único que alberga reservorios hídricos subterráneos estratégicos y las nacientes de cursos fluviales que alimentan la cuenca septentrional del país.

La gobernación de los recursos naturales y la intangibilidad de las áreas silvestres protegidas en el territorio chaqueño enfrentan una definición institucional determinante en el ámbito legislativo. El ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible, Rolando De Barros Barreto, remitió oficialmente a la Cámara Baja y a su Comisión de Legislación los informes técnicos y jurídicos que concluyen con una recomendación de rechazo absoluto al proyecto de ley impulsado por el diputado José Rodríguez Maciel. Dicha propuesta legislativa buscaba modificar los artículos 4° y 6° de la Ley N.º 5723/2016 —normativa que declara al Parque Nacional Médanos del Chaco como área silvestre protegida bajo dominio público— con el objetivo de autorizar la exploración y explotación de gas y petróleo dentro de sus límites.

Los dictámenes elaborados por la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad, en coordinación con la Asesoría Jurídica del órgano ambiental, fundamentan la postura estatal en el estricto cumplimiento de la Ley N.º 352/94 de Áreas Protegidas, la cual prohíbe de manera taxativa la ocupación, enajenación o explotación de suelos declarados bajo régimen de conservación pública. El ministro De Barros Barreto fundamentó la solidez jurídica de la resolución ratificando que las tierras que componen el parque constituyen un patrimonio inalienable e intransferible del Estado paraguayo, por lo que ninguna ocupación o actividad extractiva puede generar derechos adquiridos ni excepciones reglamentarias en la zona de reserva.

Asimismo, la argumentación oficial se ampara en la Política Ambiental Nacional (PAN) y el Plan Nacional de Desarrollo, esquemas regulatorios que consagran el principio internacional de “no regresión ambiental”. Este precepto legal estipula de forma taxativa que las normativas y estándares de protección ecológica dictados por el Estado no pueden modificarse en un sentido restrictivo o de desprotección hacia el futuro. El Parque Nacional Médanos del Chaco, ubicado estratégicamente entre los departamentos de Boquerón y Alto Paraguay, cuenta con un Plan de Manejo vigente hasta el año 2027 que restringe severamente las intervenciones industriales pesadas debido a la fragilidad extrema de su suelo arenoso y su biodiversidad endémica.

Por su parte, los representantes de la sociedad civil organizada aglutinados en la Coalición Por Los Bosques manifestaron de manera oficial su respaldo a las conclusiones técnicas del ministerio de protección ambiental, emitiendo una postura contundente en defensa del patrimonio natural:

“Defender los Médanos del Chaco es defender la vida, la biodiversidad y el futuro del Paraguay. Avanzar con este proyecto vulneraría de forma flagrante el principio de no regresión ambiental y contradiría abiertamente los compromisos internacionales asumidos por el país, tales como el Acuerdo de París y el Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal”. — Declaración institucional de la Coalición Por Los Bosques.

El riesgo latente sobre la región no se limita a la degradación de la cubierta vegetal, sino que compromete de forma directo activos hídricos críticos. Los informes presentados ante el Congreso detallan que las 605.000 hectáreas de la reserva actúan como zona de recarga del Acuífero Yrenda y constituyen el área donde se localiza la naciente del Río Timane. La introducción de infraestructuras de perforación pesada, caminos de acceso para maquinaria y potenciales contingencias por derrames químicos alterarían de manera irreversible el equilibrio hidrológico de un territorio semiárido que depende críticamente de estas fuentes de agua dulce para el sostenimiento de sus poblaciones y actividades productivas.

Desde la dirección técnica de Mundo Fluvial Marítimo, evaluamos las implicancias de esta resolución ambiental en la ingeniería logística y fluvial:

  • Preservación de Cuencas Tributarias: La protección de la naciente del río Timane y del sistema subterráneo Yrenda es un factor de seguridad hídrica para el Chaco Septentrional, una zona adyacente a los puertos y terminales del Alto Paraguay. Salvaguardar la integridad de las cuencas interiores garantiza la estabilidad de los flujos subterráneos que nutren el ecosistema global de la Cuenca del Plata.
  • Cumplimiento de Estándares ESG en el Corredor Bioceánico: El área protegida se sitúa en la periferia de la gran zona de influencia del Corredor Bioceánico, una infraestructura vial multimodal conectada directamente con los puertos fluviales sobre el río Paraguay (como Carmelo Peralta). Mantener rigurosos estándares de sostenibilidad (Environmental, Social, and Governance – ESG) es una condición indispensable exigida por las líneas de financiamiento internacional y las corporaciones logísticas globales para certificar este corredor como una ruta de comercio verde y sustentable.
  • Previsibilidad ante Auditorías Internacionales de Carga: Los principales mercados de exportación para la carne y granos movilizados por nuestras hidrovías exigen que las cadenas logísticas estén libres de impactos sobre reservas naturales o áreas de deforestación. El rechazo a actividades extractivas en parques nacionales blinda la reputación de la carga transportada por la flota paraguaya frente a las crecientes restricciones ambientales impuestas en los puertos de destino.