
En un pronunciamiento técnico clave frente a los intensos debates regionales por el peaje y las licitaciones de largo plazo en la Hidrovía Paraguay-Paraná, las autoridades portuarias ratificaron que los acuerdos internacionales de libre navegación no anulan la potestad de cada Estado para delegar el mantenimiento de sus aguas jurisdiccionales. El posicionamiento institucional busca delimitar las fronteras entre el espíritu de los tratados de integración y las herramientas de inversión en infraestructura de cada país.
EL POSICIONAMIENTO DE LA ANNP ANTE EL MARCO REGULATORIO
La gobernanza de los corredores hídricos y el alcance de las normativas transfronterizas enfrentan una etapa de clarificación conceptual y jurídica. La Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) fijó una postura institucional determinante al defender el derecho y la soberanía de cada país miembro de la cuenca para estructurar llamados a licitación, alianzas público-privadas o concesiones sobre los tramos fluviales que corren bajo su exclusiva jurisdicción territorial.
Esta ratificación autonómica se produce en un escenario de alta sensibilidad para el sector de la marina mercante, caracterizado por las discusiones en torno a los pliegos de la Vía Navegable Troncal (VNT) y la aplicación de tarifas de retribución por servicios de dragado y balizamiento. Desde la conducción portuaria se explicó que los pactos multilaterales deben entenderse de forma complementaria con las facultades del Estado para garantizar canales eficientes y seguros mediante la contratación de operadores especializados, manifestando formalmente:
“El Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra consagra la libre navegación y la igualdad de trato para todas las banderas, pero de ninguna manera invalida la facultad de los Estados soberanos para administrar, optimizar o concesionar el mantenimiento técnico de sus propias vías navegables”. — Posicionamiento oficial de la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP).
EQUILIBRIO ENTRE INVERSIÓN Y CONTRAPRESTACIÓN REAL
El análisis legal expuesto por los equipos técnicos resalta que la delegación del mantenimiento (dragado de pasos críticos, ensanche de canales y señalización digital de boyas) a consorcios privados es una herramienta indispensable para asimilar el crecimiento exponencial del tráfico de carga. Sin embargo, las autoridades puntualizaron que el verdadero desafío consiste en asegurar que las concesiones se ajusten a contraprestaciones de servicios reales y medibles.
El posicionamiento subraya que el cobro de tasas o peajes debe corresponder simétricamente a mejoras verificables en las condiciones de navegabilidad. Bajo esta visión, la ANNP aboga por despolitizar las discusiones y concentrar los esfuerzos en auditorías técnicas conjuntas, impidiendo que las fricciones diplomáticas o las diferencias comerciales bilaterales paralicen los planes de modernización de la infraestructura hídrica de la región.
Desde la dirección técnica de Mundo Fluvial Marítimo, evaluamos las implicancias logísticas de esta ratificación de soberanía:
- Previsibilidad para Proyectos Locales: El principio defendido blinda legalmente los planes futuros para estructurar concesiones de dragado intensivo en el tramo soberano del río Paraguay (desde Asunción hasta la confluencia con el Paraná), atrayendo inversión privada sin trabas jurídicas externas.
- Seguridad Jurídica Internacional: Validar las facultades de concesión permite que los concursos de largo plazo en la cuenca avancen con estabilidad, una condición crítica para que los grandes operadores globales desplieguen flotas de dragas modernas.
- Fiscalización Técnica Descentralizada: La integración fluvial no exige la renuncia a las competencias estatales, sino la creación de mesas de control donde se perite que el costo por tonelada transportada se traduzca en una navegación segura de 24 horas.











































